domingo, 21 de febrero de 2021

HACÍA UNA LEY MENOS FAVORABLE A LA DESNUDEZ PÚBLICA (FRANCIA)

 


20.02.2021. Inicialmente destinado a colmar una laguna en la protección jurídica de las víctimas de agresiones sexuales, un proyecto de ley actualmente en estudio en la Asamblea Nacional pone en tela de juicio la desnudez pública. Al no ser lo suficientemente preciso, su artículo 4 podría restringir la práctica naturista tanto como la expresión artística o militante.

La defensa de las causas justas genera a veces respuestas con consecuencias secundarias muy discutibles. Este es el caso de una propuesta de ley depositada en la asamblea nacional el 9 de febrero por un diputado de las Bouches du Rhone "destinada a luchar contra la violencia sexual y sexista". Presentado por Alexandra Louis, diputada de Marsella, y unos sesenta de sus colegas, el objetivo es bajar "el umbral de tolerancia de la sociedad con respecto a esta lacra, pero también darle los medios para reaccionar "cambiando el sistema penal" para castigar mejor a los autores.

Así, incluye los actos de incesto así como las relaciones con menores pero, en su artículo 4, también pretende "refundir el delito de exhibición sexual", considerando que el informe de evaluación de la ley Schiappa "pone de manifiesto una grave laguna en la estructura penal relativa al delito de exhibición sexual", al considerar que "determinadas conductas vividas de forma muy traumática por las víctimas no están contempladas en ningún delito y, en consecuencia, se utiliza por defecto el delito de injurias sexistas". Y es ahí donde frente a la vaguedad y a la redacción mal argumentada del texto, surgen las inquietudes entre los naturistas, al igual que entre los artistas o activistas que utilizan la desnudez como medio de expresión.

Redefinir la exposición sexual

El texto presentado aquí pone de manifiesto una contradicción entre la percepción de un acto por parte de una víctima, un testigo o un agente de policía, y el punto de vista del Tribunal de Casación sobre una "exhibición sexual". Así, como señala el texto, "la exhibición sexual no está sujeta a ninguna definición legal y, por tanto, se deja a la discreción del juez". Sin embargo, el Tribunal de Casación considera que los meros gestos obscenos hacia un tercero, incluso si el autor mantiene su sexo en la mano a través de su ropa, no constituyen el delito de exhibición sexual".

El vacío legal, por ejemplo, relativo al caso de un hombre que se masturba a través de sus pantalones, sin desnudez aparente, se llena actualmente con la acusación de insulto sexista, que parece inapropiada. Por lo tanto, la redefinición de la exhibición sexual debe ser redefinida en el artículo 222-32 del Código Penal. Esto podría hacerse sustituyéndolo por el término "exhibición de un acto sexual". Los redactores siguen señalando que "es difícil entender por qué una persona que se masturba en público, incluso a través de su ropa, no debe ser calificada como una exhibición sexual, pero por qué debe ser calificada como tal en el caso de una mujer que muestra sus pechos con fines políticos", en particular en el caso de un juicio actualmente en curso sobre la mujer.

Y aquí es donde todas las interpretaciones son posibles, como señala Frédéric Picard en su análisis de la propuesta. ¿Es una propuesta más restrictiva o más liberal? ¿Hará oficial que una mujer muestre sus pechos como exhibición sexual, o por el contrario la excluirá de ello? ¿Y en qué categoría deben clasificarse las "performances" artísticas, el uso de la desnudez como medio de protesta, o incluso la práctica del monokini, o simplemente la lactancia materna en público?

Sometido a debate en las redes sociales, y a una serie de interpretaciones a veces exageradas, este proyecto de ley ha movilizado a las autoridades federales, y se han tomado medidas oficiales. La presidenta, Viviane Tiar, tiene ahora el mandato de ponerse en contacto con los diputados, y de emprender cualquier otra acción útil para defender la causa naturista. Porque, según esperan algunos, es quizá también la ocasión de hacer evolucionar la ley en una mejor diferenciación entre la simple desnudez y su exhibición de carácter voluntariamente "sexual".

Jean-Luc Bouland

https://naturisme-hebdo.fr/44

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